OBJETIVO
Se tiene
como finalidad presentar una investigación sobre los riesgos de trabajo, tema
muy importante en cualquier centro de trabajo y que debe ser atendido de manera
oportuna y eficaz para evitar cualquier incidente que pudiera derivar en una
situación desfavorable tanto para el trabajador como para el patrón, tomando en
consideración los factores de riesgo existentes en el entorno laboral, así como
dar a conocer la integración de las Comisiones de Seguridad e Higiene en el
trabajo, mismas que deben estar constituidas de manera obligatoria en cada
inmueble donde exista producción, se presten servicios o exista una actividad
de trabajo.
RIEGOS
DE TRABAJO
Son riesgos existentes en un
entorno laboral, mismos que si no se eliminan o se minimizan, pueden trascender
en un accidente de trabajo o enfermedad laboral.
Una de las tareas del
patrón, es tratar mitigar los accidentes o enfermedades de trabajo, logrando
que el centro laboral sea lo más seguro posible, brindando a los trabajadores
toda la información pertinente para que ellos tomen en consideración que su
seguridad es primero, ya que todos los riesgos de trabajo son imputables al
patrón.
Un accidente de trabajo, es una lesión física que puede derivar en una
incapacidad temporal, permanente parcial, permanente total o incluso, en la
muerte de un trabajador, siempre y cuando se encuentre realizando actividades
propias del mismo, o durante el traslado de su hogar al centro laboral y
viceversa.
Una enfermedad de trabajo, es el estado patológico que resulta de la
exposición a condiciones específicas para realizar un trabajo.
Los actos inseguros son “las acciones realizadas por el trabajador que
implican una omisión o violación a un método de trabajo o medida determinados
como seguros.” *
Los trabajadores están
obligados a hacer uso de las herramientas y equipos de seguridad que se les
proporciona para realizar sus actividades. En caso de sufrir un accidente en el
trabajo y no tener equipo de protección, aun siendo por omisión o negligencia
por parte del trabajador, el patrón sigue siendo responsable, ya que no se
realizó una verificación de que cumplan con el reglamento de seguridad
establecido en el centro de trabajo.
El patrón podrá quedar excluido
de responsabilidad, si el trabajador se encuentra en estado inconveniente o
influenciado por alguna droga o medicamento sin presentar receta médica, por
riñas en el centro de trabajo. Lo único que podrá hacer el patrón es brindar
los primeros auxilios o activar el servicio médico de urgencia para que sea
atendido por paramédicos o especialistas.
En cada centro de trabajo
debe estar integrada la Comisión de Seguridad y Salud, misma que se encargará
de realizar recorridos para verificar las condiciones del lugar donde se
desarrollan las actividades, y darlas a conocer al patrón para que sean
subsanados los puntos donde existan riesgos para los trabajadores, ya que de no
hacerlo, estará incurriendo en una falta.
Se realizarán verificaciones
extraordinarias para identificar e investigar las causas de los accidentes y
enfermedades de trabajo, con fundamento en las condiciones y los agentes que
los provocan.
“Cada Comisión deberá estar integrada por:
a) Un
trabajador y el patrón o su representante, cuando el centro de trabajo cuente
con menos de 15 trabajadores, o
b) Un
coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus
representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores, en el
caso de que no exista la figura sindical, cuando el centro de trabajo cuente
con 15 trabajadores o más.“ **
La Comisión debe vigilar que
se cumpla con la normatividad establecida en la materia, así como la aplicación
de las Normas Oficiales Mexicanas adaptables al centro de trabajo, dependiendo
de su giro, así como adoptar las medidas preventivas y correctivas para cada
riesgo de trabajo.
De la misma forma, debe
proporcionar material adicional sobre difusión acerca de la prevención de
accidentes y el uso adecuado del equipo de protección personal. En este
aspecto, se podrá elaborar con la ayuda y participación de los trabajadores,
proporcionando un mensaje claro y preciso, para promover la cultura de la
prevención en los centros de trabajo.
Como parte de la prevención,
se pueden identificar los riesgos, elaborando un mapa de éstos, haciendo
énfasis en las áreas que representan mayor inseguridad.
En cada centro de trabajo,
se realizará una revisión para verificar que se cumplan con las disposiciones
en materia de seguridad.
Para lograr este cometido,
es preciso que se brinde capacitación al personal, con el objetivo de que
conozcan las leyes, normas y reglamentos aplicables a su centro de trabajo, así
como conocer sus derechos y obligaciones como trabajador.
Después de ocurrido un
accidente de trabajo, se debe reportar para realizar las investigaciones
correspondientes y determinar las responsabilidades de las partes involucradas,
en éste caso, el trabajador y el patrón. En caso de que la acción sea imputable
al patrón, se determina el monto de indemnización, derivado del resultado de
las investigaciones, así como del tipo de incapacidad producida al trabajador.
Si el trabajador queda
imposibilitado para realizar su actividad anterior al accidente o enfermedad de
trabajo, pero puedo desempeñarse en otra, el patrón está obligado a colocarlo
en el puesto, siempre en conformidad con el contrato de trabajo.
En éste contexto, en lo
personal, es indispensable conocer las NOM’s que aplica la Secretaría de
Trabajo y Previsión Social, ya que me proporcionará las herramientas necesarias
para aplicar revisión y verificar su cumplimiento en los centros de trabajo,
tomando en consideración que una de las funciones primordiales de Protección
Civil es la prevención.
En materia de Protección
Civil, podría ser tomado de igual manera como la formación de la Unidad Interna
de Protección Civil, el cual tienen funciones específicas en etapa preventiva,
como realizar el análisis de riesgo del inmueble, realizar un reporte de las
áreas en conflicto y presentar medidas para evitar accidentes, verificar que
las señales y avisos se encuentren en condiciones favorables que permitan
cumplir con su función, que es la de informar sobre la existencia de riesgos,
sitios seguros, rutas de evacuación, salidas de emergencia, puntos de reunión,
así como de la localización de los equipos de seguridad y extinción de fuego.
En ésta primera sesión,
aprendí aspectos de la Ley Federal del Trabajo que me resultaron muy
interesantes para la aplicación en mi campo laboral, sobre todo, lo relacionado
con los riesgos de trabajo, la prevención y la mitigación de los mismos.
LECTURA DE APOYO
Ley
Federal del Trabajo
*NOM-019-STPS-2011,
Apartado de Definiciones
** NOM-019-STPS-2011,
Numeral 7.1
No hay comentarios:
Publicar un comentario