OBJETIVO
Se pretende que los
trabajadores se informen de la existencia de la comisión de seguridad e higiene
en sus centros de trabajo para prevenir los riesgos, accidentes y enfermedades
de trabajo.
APLICACIÓN
DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO, EN LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES LABORALES
Un accidente de trabajo, es una lesión física que puede derivar en una
incapacidad temporal, permanente parcial, permanente total o incluso, en la
muerte de un trabajador, siempre y cuando se encuentre realizando actividades
propias del mismo, o durante el traslado de su hogar al centro laboral y
viceversa.
Una enfermedad de trabajo, es el estado patológico que resulta de la
exposición a condiciones específicas para realizar un trabajo
Los accidentes de trabajo
pueden ser provocados de manera humana, es decir, por errores y negligencia de
las personas, o por errores mecánicos, por un defecto de fábrica del equipo de
trabajo.
Existen condiciones
inseguras que son causas de los accidentes de trabajo, y éstos podrían evitarse
con la prevención y uso de equipo de protección personal, manteniendo el lugar
de trabajo en un espacio seguro para la realización de las actividades propias.
Los accidentes de trabajo
provocan ciertas consecuencias en varios aspectos, siendo la de mayor
afectación para la familia, ya que pueden quedar desprotegidas económicamente o
causarles más gastos para la recuperación del familiar trabajador.
Una de las funciones de las
Comisiones de seguridad e higiene en el trabajo, es la de investigar las causas
de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar
que se cumplan.
El diagnóstico de seguridad
y salud en el trabajo, lo realizan los servicios preventivos, como parte de la
prevención que se debe atender en primera instancia, con el fin de detectar los
riesgos que pudieran provocar un accidente o una enfermedad de trabajo, y que
se pueden minimizar o eliminar.
En relación a las comisiones
de seguridad e higiene, se debe contar con el acta constitutiva de la misma, el
calendario anual y las actas de recorridos de verificación.
Las empresas pueden integran
más comisiones de seguridad e higiene, dependiendo del número de turnos de
trabajo y de las condiciones peligrosas.
Para que la comisión
funcione dentro de la empresa, el patrón debe proporcionar las facilidades a
los trabajadores que la integran para que puedan realizar sus funciones y dar a
conocer al resto de la población laboral, la lista actualizada de los
integrantes, proporcionarles capacitación en la materia, difundir los
resultados de las investigaciones de los accidentes y enfermedades de trabajo,
así como las medidas propuestas para la mitigación o reducción de los mismos.
Los recorridos de
verificación se deben realizar de manera trimestral con el fin de detectar los
riesgos existentes, investigar los accidentes y enfermedades de trabajo,
proponer medidas de prevención y verificar el cumplimiento de éstas para evitar
la ocurrencia y presencia de las condiciones inseguras.
Sin embargo, se podrán hacer
recorridos extraordinarios, si llegara a ocurrir un accidente o enfermedad de
trabajo, si la empresa sufre de modificaciones físicas o en los procesos de
trabajo y cuando los trabajadores reporten la presencia de condiciones
inseguras o factores peligrosos.
CONCLUSIÓN
Los trabajadores deben
informarse sobre la conformación y operación de las comisiones de seguridad e
higiene en el trabajo, para que estén enterados sobre las acciones de detección
de riesgos durante los recorridos de verificación, así como de las medidas de
prevención y corrección.
¿Para qué deben saber
quiénes integran la comisión? Para reportar cualquier situación de riesgo que
pudiera provocar un accidente o enfermedad de trabajo y sea atendido de manera
oportuna.
No hay comentarios:
Publicar un comentario